¿Registro civil o de salud?
La actual legislatura del Congreso del
Estado, está por terminar su gestión, buen momento para revisar una de sus
decisiones más polémicas. En marzo pasado, aprobó el Decreto No. LXI – 833
mediante el cual se reforman las fracciones IV en su párrafo primero, y la
fracción VIII del artículo 85 del Código Civil para el Estado de Tamaulipas.
Esta reforma fue publicada en el Periódico Oficial del Estado el 4 de abril del
mismo año.
En esta ocasión nos centraremos en la
modificación que hizo el legislador local a la fracción IV del artículo antes
mencionado. El artículo 85 habla sobre los requisitos que debe acompañar una
solicitud para contraer matrimonio. La fracción IV antes de la reforma en
comento, establecía que a la solicitud de matrimonio se debía acompañar de un
certificado suscrito por un médico titulado que asegure, bajo protesta de decir
verdad, que los pretendientes no padecen enfermedad alguna crónica e incurable
que sea además contagiosa y hereditaria.
Actualmente los futuros contrayentes deben
acompañar a la solicitud unos exámenes médicos en los que se certifique si los
futuros cónyuges padecen alguna enfermedad crónica y/o contagiosa, a efecto de
que éstos tengan pleno conocimiento de su estado de salud; al mismo se
acompañará el resultado de la evaluación pre-concepcional. La disposición en
comento establece que esta evaluación se realizará en forma gratuita por parte
de los centros de atención médica correspondientes a los servicios de salud
pública del Estado.
No debemos dejar de observar que el artículo
86 del mismo ordenamiento establece que los requisitos establecidos en el
artículo 85 deben estar satisfechos 4 días antes de celebrarse el matrimonio.
Ahora bien, ésta nueva redacción de la
fracción IV del artículo 85 podría vulnerar derechos fundamentales, en
específico, el derecho a contraer matrimonio, el derecho a la honra y la
dignidad y el derecho a la privacidad de los datos personales.
Vulnera el derecho a contraer matrimonio en
virtud de que ese requisito inhibe el deseo y la voluntad de que las parejas
que deseen estar bajo la figura del matrimonio, y hacerse de los derechos,
prerrogativas, beneficios y consecuencias de esta institución. En este mismo
sentido, el requisito podría vulnerar el derecho de la realización personal o
proyecto de vida de las personas que deseen contraer matrimonio y al no estar
en posibilidad de cumplir con tal disposición.
La honra y dignidad de las personas que
deseen contraer matrimonio se ve vulnerada pues la información establecida en
el certificado médico, puede conocerla el oficial y el personal administrativo del
registro civil. Lo que implica que información íntima y personalísima, queda
expuesta a uso de cualquier persona, lo anterior se relaciona con el derecho a
la protección de los datos personales, dicho certificado médico debe ser
considerado como información sensible, establecida en el artículo 6 inciso l) de
la Ley Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tamaulipas.
Es necesario mencionar que la Oficialía del
Registro Civil, no es la instancia adecuada para hacer conocedor a los futuros
contrayentes de los posibles riesgos de salud sexual y reproductiva. Esta
función debería estar a cargo de la Secretaría de Salud y no de un órgano
encargado del registro del matrimonio, nacimiento, defunción entre otras.
En suma, el dispositivo en comento otorga
mucha discrecionalidad a la autoridad del registro civil en cuanto hace al
certificado médico y la evaluación pre-concepcional.
Programas
de radio de manteles largos
Aprovecho este espacio, y a nombre de los
compañeros investigadores del Centro de Estudio y Procuración de los Derechos
Humanos, A.C., para felicitar a los titulares de los programas “Los Años
Dorados” y “Justicia a tu Alcance” por sus respectivos aniversarios. “Los Años
Dorados” es conducido por la Sra. Luz María López Martínez y el gerontólogo
Gerardo Flores Sánchez, cumplieron 12 años al aire, estamos muy agradecidos por
hacernos parte de su programa transmitido por Radio UAT. También felicitamos al
Lic. Roberto Carlos Ruiz Silva y a la Lic. Cecilia de Leija Zúñiga por el
primer aniversario de su programa “Justicia a tu Alcance” transmitido por Radio
Tamaulipas en el que el equipo de investigadores ha participado. ¡Enhorabuena!
Sapere aude
Nota: El presente artículo fue publicado el día 26 de septiembre de 2013 en la columna OpinanDHo en el Periódico El Cinco.
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